Cesta
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A partir del día 4 de setiembre de 2018, los Escribanos no podrán autorizar ninguna enajenación de bienes inmuebles sin que se les justifique el pago de la totalidad del Impuesto Anual de Enseñanza Primaria, incluyendo el ejercicio en curso, o su exoneración.
A tales efectos la Dirección General Impositiva emitirá una constancia de estar al día con el impuesto o de estar exonerado, las que estarán disponibles en el Portal de Servicios en Línea, Constancias de Impuesto de Primaria.