En el marco del Espacio de Diálogo institucional del Consejo con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se obtuvieron precisiones acerca de los próximos vencimientos, disponibilidad de los aplicativos y formas en que se liquidará el nuevo impuesto cedular a la renta financiera.
Entre las principales novedades se destacan las siguientes:
Impuesto a la Renta Financiera
- Se liquidará mediante una declaración jurada independiente.
- El servicio Web para liquidar el impuesto y la información en "Nuestra Parte" se encontrará disponible a partir del 17 de abril de 2019.
- Modalidad Dual: la AFIP pondrá a disposición la información para liquidar el impuesto especial, pudiendo el contribuyente modificar los datos precargados.
- El impuesto especial tendrá un código y formulario independiente.
- Alta automática del impuesto: con la presentación de la declaración jurada, el organismo de recaudación efectuará el alta de oficio en el Impuesto.
- Vencimiento especial: el fisco nacional dispondrá próximamente un vencimiento independiente del general para la liquidación y pago del impuesto.
- El vencimiento especial para esta presentación operará a partir del 19 de junio de 2019, mientras que el plazo para el pago será al día siguiente del vencimiento de la presentación.
DDJJ de Ganancias y Bienes Personales
Los servicios Web para liquidar el Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al periodo fiscal 2018 se encontrarán habilitados a partir del 17 de abril de 2019.