Mis Facilidades: claves del nuevo plan de hasta 120 cuotas
Podrán incluirse las deudas hasta el 15 de agosto en hasta 120 cuotas.
La AFIP reglamentó el nuevo plan de pagos para deudas vencidas hasta el 15 de este mes y con una tasa máxima del 2,5% mensual para las micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos.
Los contribuyentes podrán ingresar en plan entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre de este año.
El primer pago del nuevo plan se hará en diciembre próximo, según la resolución general 4557.
Se contempla un máximo de hasta 120 cuotas sin ningún pago a cuenta y, además, la suspensión por 90 días corridos de la traba de medidas cautelares También, podrán disponer libremente de las sumas previamente embargadas.
Hasta ahora, el plan de deudas vencidas tenía un tope de 60 cuotas y permitía incluir las obligaciones exigibles hasta abril último.
En este sentido, cabe destacar que a partir del 17 de septiembre se podrán refinanciar las deudas incluidas en el plan anterior. El nuevo plan permite regularizar las obligaciones impositivas y previsionales.
TIPOS DE PLAN
Este régimen contiene 4 planes distintos según el tipo de deuda y tu caracterización como contribuyente:
1- MiPyMES: Podrán incluir deudas impositivas y previsionales -incluidas retenciones y percepciones impositivas- correspondientes a ciudadanos inscriptos en el "REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES".
2- Montributistas y autónomos: Podrán consolidar obligaciones correspondientes a estos regímenes.
3- Resto de ciudadanos: Podrán adherirse deudas impositivas y previsionales -incluidas retenciones y percepciones impositivas correspondientes a ciudadanos que no estén inscriptas en el "REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES".
4- Planes caducos: Este tipo de plan está destinado a las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago -generales, sectoriales, regionales o especiales- cuya caducidad haya operado durante el mes de julio de 2019, o hayan sido rechazados a partir del día 1 de julio de 2019.
REFINANCIACIÓN DE PLANES DE PAGO VIGENTES RG 4477 - MiPyMES, MONOTRIBUTO Y AUTÓNOMOS
Se podrán refinanciar los planes de facilidades de pago vigentes de MiPyMES, monotributistas y autónomos presentados hasta el día 31 de agosto de 2019 desde el día 17 de septiembre de 2019 hasta el día 31 de octubre de 2019, inclusive.
Este plan no contará con pago a cuenta, tendrá un máximo de 120 cuotas y su tasa de financiación para las que venzan en 2019 será la Tasa de referencia TM20 en pesos de bancos privados publicada por el Banco Central de la República Argentina, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior a la consolidación del plan original, reducida al 60% con tope de 2,50% mensual.
Las cuotas con vencimiento en el año 2020 y siguientes tendrán una tasa variable que se actualizará por trimestre calendario utilizando la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la tasa de referencia TM20 en pesos de bancos privados publicada por el Banco Central de la República Argentina, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del trimestre calendario, reducida al 60% con tope de 2,50% mensual.
En tanto, las obligaciones anuales (Ganancias y Bienes Personales) se podrán financiar a través del Miniplan, que se reabrirá entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre.